preguntas

¿Es obligatorio tener un contrato de mantenimiento del ascensor?

Sí. Es obligatorio tener un contrato de mantenimiento en vigor con una Empresa autorizada por la Dirección General de Industria, durante el tiempo que el ascensor esté en uso.

¿Es obligatorio contratar el mantenimiento con el fabricante del ascensor?

No. La empresa mantenedora no tiene porqué ser Ia misma que fabricó o instaló el ascensor. ELEVALIA, y otras empresas mantienen ascensores de distintas marcas.

Acabo de cambiarme a un piso de obra nueva. ¿Tengo que asumir el contrato de mantenimiento firmado entre el promotor y la empresa instaladora del ascensor?

No necesariamente. Una de las primeras materias sobre las que la junta de propietarios recién constituida tiene que decidir es, si se subroga en los contratos firmados por el promotor.

Estúdielo y valore la posibilidad de negociar las condiciones con la empresa instaladora o por el contrario contratar con ELEVALIA u otra empresa autorizada.

El ascensor es nuevo, y tiene 2 años de garantía ¿Pierdo Ia misma si contrato con otra empresa distinta al instalador?

No. De acuerdo con la normativa de defensa de consumidores y usuarios, la garantía del instalador de su ascensor, deberá mantenerse por el periodo de garantía existente. Independientemente de que el mantenimiento lo realice otra empresa distinta.

La empresa que tengo de mantenimiento no funciona bien. Deseo dar de baja el contrato y me encuentro que quedan 2 ó 4 años de duración. ¿Qué debo hacer para rescindirlo?

En primer lugar deberá documentar las quejas y recopilar las hojas de averías y los avisos realizados. También deberá avisar a La Empresa de todas las incidencias y en caso de persistir anunciarles su decisión de darse de baja. Asesórese jurídicamente bien, ya que La Empresa tratará de obligarle al cumplimiento del contrato.

La empresa mantenedora me notifica que es necesario realizar una Inspección Reglamentaria al ascensor por un Organismo de Control (me remite una lista de todas las que están autorizadas). ¿Es obligatoria esa Inspección?

Sí. Todos los ascensores, según las características del edificio, tienen la obligación de realizar una inspección cada 2, 4 ó 6 años. La elección del Organismo la elige Ud. según sus criterios y presupuesto.

La empresa de mantenimiento me indica que debo realizar una reparación en el ascensor, según el informe del Organismo que ha realizado Ia inspección. ¿Debo realizarla?.

Sí. El informe indica el plazo para subsanar los defectos existentes, tanto de Normativa, como de aspectos técnicos, desgaste, etc.

¿Qué me puede ocurrir si no hago caso a dichos informes?

Según Ia reglamentación, y en virtud de la gravedad de los defectos, Ia empresa mantenedora está obligada a Ia paralización del ascensor y su Comunicación a Ia dirección General de Industria. Esta puede abrir un expediente sancionador al propietario del ascensor. Si el ascensor se mantiene en servicio después de cumplirse el plazo establecido, Ia Compañía de Seguros no se haría responsable en el hipotético caso de un accidente.